La RSE se incorpora a la agenda de los Consejos de Administración

En los últimos cuarenta años se ha producido una transformación radical en la valoración de las compañías cotizadas. A mediados de los años 70, algo más del 80% de su valor de mercado lo explicaban los activos físicos y financieros. A finales de la primera década de los años 2000, esos activos sólo explicaban el 20% del valor.

Esta transformación ha traído consigo una creciente atención de los administradores a las cuestiones extra-financieras o de responsabilidad corporativa. Ya el código Cadbury británico -de 1992 y considerado el antecesor de las recomendaciones de buen gobierno modernas- ponía el acento en la responsabilidad del consejo de supervisar las buenas prácticas de las compañías en cuestiones de esta naturaleza.

Desde entonces, las cuestiones que hoy llamamos de responsabilidad corporativa han pasado a ocupar un lugar relevante en las recomendaciones de buen gobierno más avanzadas. Se encuentran cada vez con mayor frecuencia en las políticas de inversión de los mayores gestores de activos e inversores institucionales del mundo, así como en recomendaciones de referencia, como las de la International Corporate Governance Network.

También han ido calando progresivamente entre las compañías españolas. Las anteriores recomendaciones de buen gobierno de la CNMV, de 2006, asignaban a los consejos la responsabilidad de determinar la política de responsabilidad corporativa de la compañía. Hoy, buena parte de las compañías del IBEX35 han seguido esa recomendación. Algo más de un 50% de ellas han desarrollado, por ejemplo, planes directores o estratégicos de responsabilidad corporativa.

De acuerdo a un informe recientemente elaborado por KPMG en colaboración con la Fundación SERES, el 63% de los consejos de administración reciben información periódica relacionada con los objetivos y avances logrados en esta materia.

Las novedades de este código para los directores de RSE

La principal novedad que puede encontrarse en el nuevo Código de buen gobierno para las sociedades cotizadas españolas se refiere al papel que debe desempeñar el consejo no sólo en la definición de la política sino en la supervisión de que ésta se está implantando de manera diligente en la compañía.

Las dos recomendaciones que se refieren a este asunto (54 y 55) pretenden ayudar a los consejos de las sociedades cotizadas a ejercer adecuadamente sus responsabilidades de orientación, supervisión y control en materias extra-financieras o de responsabilidad corporativa.

En este sentido, piden al consejo que se haga responsable de definir una política que debe identificar los objetivos que la organización persigue y que debe ser detonante de un plan estratégico o director en esta materia.

Del mismo modo, el consejo debe establecer procedimientos y controles que le permitan ejercer su labor de supervisión acerca del cumplimiento de los objetivos marcados. Así, y al igual que sucede con otras cuestiones, el responsable de estas materias en la compañía deberá, periódicamente, rendir cuentas ante el consejo. Y para hacerlo deberá, entre otros, haber definido un cuadro de mando en esta materia.

De particular interés, especialmente en un contexto marcado por la creciente desconfianza social hacia las compañías en España, es la recomendación que se refiere a la necesidad de asegurar que la compañía cuenta con planes de largo plazo en esta materia, y con sistemas adecuados de gestión y control del riesgo extra-financiero y de relación con grupos de interés.

Del mismo modo, las recomendaciones ponen el acento en la necesidad de elaborar información en esta materia de forma periódica. Algo que, por otra parte, la mayor parte de las compañías del IBEX35 llevan haciendo ya alrededor de una década.

Ninguna de las responsabilidades definidas sorprenderá a las numerosas compañías españolas que están muy avanzadas en esta materia. Aunque quizá para todas ellas significarán un replanteamiento del enfoque del consejo en estas cuestiones. Exigirán repensar las políticas, los procesos y los controles establecidos. Por ejemplo, en lo que se refiere a los factores que determinan la retribución de la alta dirección y de los consejeros ejecutivos.

En KPMG llevamos trabajando más de diez años ayudando a los consejos de administración a avanzar en su comprensión y supervisión de los asuntos extra-financieros o de responsabilidad corporativa.